Los sistemas de protección de depósitos e inversiones en Andorra
Experts | 04.02.2019 | David López

El pasado mes de octubre entró en vigor la Ley 20/2018, reguladora del Fondo Andorrano de Garantía de Depósitos (FAGADI) y del Sistema Andorrano de Garantía de Inversiones (SAGI).
Esta Ley supone la adaptación a la normativa comunitaria del régimen vigente del sistema de garantía de depósitos e inversiones a entidades bancarias andorranas, regulado por la Ley 1/2011, del 2 de febrero del 2011, que implantó los sistemas de protección de depósitos e inversiones al sistema bancario andorrano.
La Ley 20/2018 permite la homologación con la Unión Europea en cuanto a la protección de los titulares de depósitos a las entidades bancarias del Principado de Andorra y de inversiones a las entidades bancarias y a las entidades financieras de inversión del Principado de Andorra, lo que seguramente repercutirá en un incremento de la seguridad y la confianza en el sector.
1. ¿Qué clientes están protegidos?
La Ley define quiénes son los beneficiarios del FAGADI y del SAGI en su artículo 3:
“Son beneficiarios del FAGADI los depositantes personas físicas y jurídicas, con independencia de su nacionalidad o domicilio, que mantengan depósitos en Entidades Bancarias Andorranas.”
Del mismo modo, “son beneficiarios del SAGI los inversores personas físicas y jurídicas, con independencia de su nacionalidad o domicilio, que mantengan inversiones depositadas, administradas o custodiadas en Entidades Bancarias o Entidades Financieras de Inversión Andorranas.”
2. ¿Qué inversiones están protegidas? ¿Y hasta que importe?
El FAGADI protege los saldos en cuentas corrientes y en depósitos. El SAGI protege prácticamente el resto de las inversiones.
La Ley fija los límites de la protección: ambos sistemas cubren como máximo y con carácter general hasta 100.000 euros por cliente y entidad.
Este límite es importante conocerlo, ya que, por ejemplo, en una cuenta corriente con dos titulares, el límite máximo de 100.000 euros del FAGADI aplica a cada titular por separado. En este caso, la protección total máxima sería de 200.000 euros, 100.000 euros por cada titular.
Del mismo modo, un cliente con 100.000 euros en depósitos y 100.000 euros en otras inversiones, tendría una protección total máxima de 200.000 euros (100.000 euros del FAGADI y 100.000 euros del SAGI).
Existen excepciones que incrementan la cobertura del FAGADI hasta los 300.000 euros en ciertos depósitos. Las excepciones aplicables a ciertos depósitos y ciertas inversiones pueden consultarse en las páginas web del FAGADI y del SAGI.
Por último, hay que tener en cuenta que la Ley indica en su artículo 20 que “el límite máximo de cobertura del FAGADI para el conjunto de los beneficiarios no puede exceder de 200 millones de euros (50 millones de euros para el SAGI).”
3. ¿Cuándo entrarían en escena el FAGADI y el SAGI?
En el peor de los escenarios, el FAGADI y el SAGI reembolsarían al cliente el importe de sus depósitos e inversiones cuando la Entidad Bancaria no estuviera en condiciones de cumplir con sus obligaciones, siempre teniendo en cuenta los límites comentados en el apartado anterior.
Por suerte, este escenario parece improbable, dada la solvencia general del sector bancario en Andorra, y de MoraBanc en particular, pero como ya se ha comentado anteriormente, es una protección fundamental en el entorno bancario europeo.
4. ¿Y si quiero ampliar la información?
En MoraBanc damos cumplimiento a los requisitos de información de la Ley, y ponemos a tu disposición la información requerida en nuestra página web y en nuestras oficinas.
Para ampliar la información, te sugerimos que visites las páginas web del FAGADI y del SAGI.
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